Los procesos de mediación han venido siendo, hasta ahora, presenciales. Debido al desarrollo de nuevas tecnologías y a la situación de la pandemia, ahora las mediaciones también se desarrollan satisfactoriamente de forma online.

Las ventajas que tiene esta nueva modalidad es que es más cómoda para las partes, (no siendo necesario ningún desplazamiento)a, es segura para las mismas, se rige por cada uno de los principios de la mediación presencial y la eficacia también es la misma.

El procedimiento es idéntico al de una mediación presencial. Se solicita la mediación, se hace una SESIÓN INFORMATIVA con las partes, si se está de acuerdo, se firma un ACTA CONSTITUTIVA, y ya a partir de este momento rige el PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD para las partes implicadas en el proceso y para el mediador. Finalmente se termina el proceso con la consecución o no de acuerdo. Si el proceso terminó con acuerdo, se firma el ACUERDO MEDIADO. En cualquiera de los dos resultados de fin de proceso, se firmará un ACTA DE FINAL DE PROCEDIMIENTO.